Preguntas frecuentes
La reserva es un contrato privado, con los derechos y obligaciones propios del mismo. Generalmente tiene vigencia hasta la firma del Boleto de Compraventa o hasta la firma de la Escritura de Dominio, según haya sido acordado.
En el caso de un alquiler, los honorarios se abonan cuando se firma el Contrato de Locación. Cuando se trata de una compraventa, se abonan al firmarse el boleto o la Escritura, según el caso.
Se solicitan Informes de Dominio e Inhibición que permiten verificar la situación legal de la propiedad y,si lo hubiere, se informa sobre las restricciones al dominio del inmueble o sobre sus titulares.
Es un certificado que informa a la AFIP el precio de venta en que se oferta públicamente un inmueble, requisito exlcuyente para poder escriturar. El precio expresado en este certificado puede modificarse tantas veces como sea necesario, y no es vinculante con el precio final de la operación.
El escribano lee al comprador yal vendedor la escritura completa,y retiene el dinero para el pago de impuestos y tasas correspondientes. Los tres firman la Escritura. En este acto el comprador abona el precio acordado y el vendedor entrega la posesión.